Hola:
Este mensaje se redacta debido a los recientes cambios en la normativa que afecta a los servicios de tarificación adicional con mensajes de texto (los SMS Premium, para entendernos), pues una sentencia del tribunal supremo anuló el código tipo que regulaba las normas a aplicar a este tipo de mensajes, pero para cubrir el vacío de dicho código, se aprobaron modificaciones en la orden ministerial ITC 308/2008.
Dichas modificaciones normativas traen como consecuencia la obligación de cambiar los mensajes que trataban sobre SMS Premium, y su reclamación, por el motivo citado en el párrafo anterior.
Aún cuando, en el fondo, no cambian demasiado las condiciones a aplicar, pues para los SMS cuyo número empiece por 79 se sigue exigiendo que el proceso de alta sea manual y nunca a través de internet, las referencias a artículos y normas aplicables sí que lo hacen, y por eso se deben cambiar en los mensajes correspondientes, tal como éste.
Para entender el fenómeno de los SMS de tarificación adicional, se deben explicar algunos conceptos previos que son necesarios, pues sin ellos no se podría comprender el fenómeno de dichos SMS.
1.- El cliente, en este caso tú, que puede haber enviado o no un mensaje para que le envíen los SMS Premium.
2.- El Operador de acceso, que es la compañía con la cual el cliente tiene contratados sus servicios de comunicaciones electrónicas móviles (telefonía móvil)
3.- El operador titular del número corto de tarificación adicional (el dueño del número desde el que te llegan los SMS, además de ser dueño de los ordenadores desde los que te llegan los mensajes)
4.- El proveedor de los contenidos de tarificación adicional, que es la empresa o persona física autor de la música, imágenes, juegos u otros contenidos que se sirven a través de los SMS Premium
El proveedor de contenidos tiene la obligación de haber firmado un contrato de prestación de servicios con el titular del número de SMS Premium antes de prestar el servicio, pues el titular del número es el único que está autorizado a mandar este tipo de SMS (es obligatorio tener una licencia para operar dichos números).
Un ejemplo de contrato entre proveedor de contenidos y titular de número de tarificación adicional es el que se enlaza bajo estas líneas, donde se establecen las condiciones del contrato entre Net Real Solutions y los proveedores de contenidos (los programadores de un juego, por ejemplo, o los autores de una melodía)
http://www.corporative.nrs-group.com/condiciones-generales.htm
Y por otra parte, para que los clientes puedan solicitar el envío de esos SMS, es obligatorio que el operador titular del número y el operador de acceso hayan firmado un contrato previo de colaboración en la facturación mediante la factura de comunicaciones elecrónicas del operador de acceso, pues en caso contrario el titular del número de los SMS Premium no le podría facturar nada a ningún cliente del operador de acceso
Como ejemplos de esta estructura, con respecto al proveedor de contenidos y la operadora titular del número corto de SMS Premium, se pueden ver las condiciones de uso de 2 páginas web que usan a la empresa Net Real Solutions como proveedor tecnológico para el envío y recepción de SMS Premium
http://www.tusclasesparticulares.com/informacion/condicionesuso.aspx
En las condiciones generales de contratación, figura que el titular es una empresa que se dedica a poner en contacto "profesores" con "alumnos" y el titular de la página hace que quien cuelgue un teléfono en la web (como método de contacto ) deba validarlo llamando a un teléfono 905 propiedad de NET REAL SOLUTIONS, pero operado por el titular de la web (TUS MEDIA, S.L.) o mediante un SMS que es gestionado por la empresa NET REAL SOLUTIONS, propietaria del número corto de tarificación adicional
http://webpin-afiliados.nrs-group.com/terminos_legales/?r=995511&k=HOT
En las condiciones generales de contratación de esta página de contenido para adultos, se dispone que el proveedor tecnológico es Net Real Solutions y que el proveedor de contenidos para adultos es la empresa film Corporation 2000
Lo digo porque es posible que si alguien se mete en una página como esta sin mirar correctamente las condiciones de contratación, luego se pueda llevar una gran sorpresa
Se debe tener en cuenta que hay páginas que usan el método de que para conseguir algo te invitan a poner tu número en un formulario y te mandan un PIN al móvil, el cual debes volver a introducir en la página, activando de esta forma el mensaje premium, es el llamado "método Web-PIN", y que debe su nombre a que debes introducir tu número en la web y luego recibes el PIN en tu móvil y lo vuelves a poner en la web (para demostrar que la contratación es correcta).
Antiguamente, había proveedores de contenidos que solían usar unas técnicas que rozaban la ilegalidad y usaban la picaresca y el despiste que pudiera tener el cliente, debido al ritmo frenético con que se vive en estos tiempos, donde todo sucede a gran velocidad.
Mandaban mensajes publicitarios gratuitos como el siguiente.
“Te he visto en Facebook. Espero q no te moleste q te hable. tienes whatsapp ¿ Te puedo agregar asi no gasto por aquí?(Publio, 1,45E. Polindus, CAC 902001315)”
Si te lees el mensaje en su totalidad y con atención, verás que, entre paréntesis, viene una información muy importante.
A.- Publi: Indica que es un mensaje publicitario (y los mensajes publicitarios suelen vender algo) y ese mensaje publicitario es gratuito para ti, por ley.
B.- 1,45E: Indica el precio de lo que te quieren vender, por cada SMS que te manden, si tú contestas al que era publicitario, pues al contestar estás contratando el envío de un SMS de tarificación adicional
C.- Polindus: Es la empresa dueña de los derechos de uso del número desde el que te mandan los SMS, en este caso “comercal Polindus 21, S.L.”
D.- CAC 902….: Es el teléfono del centro de atención al cliente de Polindus
La cuestión es que si tú contestabas al mensaje mandando algo escrito a ese númer, a efectos legales, estabas contratando un servicio de tarificación adicional, pues ellos ya habían cumplido con su obligación legal de informarte de todo lo necesario.
Dicha situación se podía producir porque al tener los móviles modernos un identificador de llamadas, te aparecía el número desde el que te enviaban el SMS y, sin querer, se podía producir la rellamada y, por tanto, el envío de un SMS de respuesta y la contratación del servicio.
Pero lo importante era que, una vez que te habían mandado los SMS y que te habían cobrado los mismos, no volviera a suceder lo mismo nunca más y que no recibieras más mensajes ni se diera la posibilidad de que te volvieran a mandar más.
Actualmente, dicha posibilidad no se puede dar ese tipo de prácticas, pues según lo dispuesto en el artículo 5, apartado 9º de la orden ministerial ITC 308/2008, si algún proveedor de contenidos le envía un SMS a un usuario, nunca podrá figurar el número en dicho SMS, entre otras cosas para que no pueda producirse la contratación mediante engaño, como se producía antiguamente.
Sólo se podrá mandar el número del que procede el SMS si ese mensaje se envía en repuesta a una contratación del servicio mediante un método no fraudulento o, en el caso de suscripciones, en los SMS que debe mandar el proveedor para que el usuario confirme que desea darse de alta en la suscripción.
Pero aún en el caso de que un usuario contrate conscientemente este tipo de servicios, podrá reclamar la devolución de los importes que le hubiera cobrado su operador de acceso en la factura.
Para reclamar que te den de baja en una suscripción de SMS de tarificación adicional (SMS Premium), que te restrinjan el envío y recepción de dichos SMS (en el futuro) y que te devuelvan los importes cobrados por los ya recibidos con anterioridad, conviene seguir los pasos descritos a continuación.
1.- Baja de la recepción de SMS
Si los SMS recibidos son de los que se contratan una sola vez, como por ejemplo una imagen, una canción o el escudo de tu equipo, por poner un ejemplo, al ser un acto que implica la contratación por una sola vez, no tiene solución y solo quedaría pedir la devolución del importe de los mensajes según lo descrito en el punto 5.
En el caso de que sea una suscripción o un servicio de alertas, que son SMS que se repiten según suceda algo o de forma periódica, como puede ser la suscripción a alertas de los goles que marca tu equipo en un partido, por ejemplo, o las cotizaciones diarias de las acciones de la bolsa (proceden siempre de un número que empieza por 79), deberás darte de baja de la alerta o suscripción mandando BAJA al número del que vienen las alertas o escribiendo un correo electrónico al servicio de atención al cliente de la empresa que sea la responsable del número.
En el mensaje SMS premium. Principales empresas que operan en España, existe un listado de las empresas más importantes en el mundo de los SMS Premium, así como los datos de los operadores de acceso más importantes; pero si deseas saber exactamente de que empresa te mandan los SMS (y no está en la lista del anexo), basta con que revises la página de registro de numeración de CNMC, que te enlazo bajo estas líneas, luego podrás buscar con google la página del operador titular del número
http://telecos.cnmc.es:8080/servicios-sms-mms
Yo te agradecería que si no está en la lista me lo dijeras para poder añadirla, pues sería de gran ayuda a quien pueda leer esta página
2.- Restricción de los servicios de tarificación adicional
Lo más importante es pedir una restricción de mensajería de tarificación adicional ( SMS premium, dicho en argot de teleoperador de compañía telefónica ), para que no se vuelva a sufrir un caso parecido, pues restringiendo los SMS Premium se evitará el que se puedan recibir SMS de tarificación adicional al teléfono móvil que tenga restringidos los mismos.
En el caso de la compañía movistar se pueden pedir a través del servicio de atención al cliente, a través de los moderadores de la comunidad movistar o por escrito al servicio de atención al cliente, enviando una carta certificada con acuse de recibo (lo recomiendo para poder tener una prueba de haber mandado el escrito) a la dirección del servicio de atención al cliente
MoviStar (Telefónica Móviles España, S.A.U.)
Servicio de atención al cliente
Asunto: “Restricción del envío y recepción de servicios de tarificación adicional a la línea 6_____”
C/ Gran vía, 28
28013 Madrid (Madrid)
En el caso de realizarlo de forma telefónica, es recomendable efectuarla grabación de la llamada tal y como se recomienda en el mensaje Reclamaciones. Presentación vía telefónica (para tener pruebas de lo dicho)
Para otros operadores, bastará con contactar con el servicio de atención al cliente, buscando el correspondiente a tu compañía en el mensaje Domicilio social y teléfono de las principales compañías de telefonía, si no encuentras la tuya, no dudes en decirlo, para que se pueda incorporar
3.- Petición de información al titular del número de tarificación adicional
Tras la baja y la restricción de los mensajes de tarificación adicional, el primer paso a dar para poder reclamar al operador de acceso que te devuelva tu dinero, es pedir al operador titular del número de SMS Premium que te diga como se activó el envío de los citados mensajes y la identidad del proveedor de contenidos (quien está detrás del juego, música, imagen o suscripción que se te envió).
Para ello basta con enviar el primer escrito que figura en la sección de los escritos tipo, en concreto en el mensaje SMS premium. Escritos para reclamar al correo electrónico del servicio de atención al cliente que figura en las condiciones generales de la web del operador titular del número de tarificación adicional, que puedes encontrar en el mensaje SMS Premium. Principales empresas que operan en España (Si lo deseas puedes mandar el escrito vía postal, en ese caso recomiendo que lo mandes certificado con acuse de recibo).
Legalmente, el operador titular del número está obligado, según el apartado octavo (punto 3, último párrafo) de la orden PRE 361/2002, a facilitar la información sobre quien es el prestador efectivo del contenido de los SMS de tarificación adicional.
De esta forma, no solo sabrás como se activó la recepción y facturación de los SMS, sino que sabrás quien es el responsable final de que te hayan facturado esos mensajes.
4.- Petición de información de datos de tráfico al operador de acceso
Mientras pides la información al operador titular del número de tarificación adicional, también puedes pedir información al operador de acceso (el que te da el servicio del móvil y te re-factura los mensajes Premium).
Para ello basta con mandar el segundo escrito del primer anexo a la dirección para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición sobre tus datos personales, que figuran en el mensaje Datos personales. Contacto con los operadores
Los operadores de acceso (en este caso las compañías de móviles, pero sirve también para las de fijo) deben conservar los datos de tráfico durante el tiempo en el que se pueda impugnar el cargo de la factura (como es el caso), según se dispone en el artículo 48.2.a) de la ley 9/2014.
Dicho plazo de impugnación (o de reclamación) es de un mes desde que se tuvo constancia del cargo, es decir desde el momento en el que se conoció la factura, tal y como dispone el artículo 4 de la orden ministerial ITC 1030/2007
De ese modo, tú puedes pedir los datos de tus comunicaciones, a fin de saber que direcciones IP accediste en los días en los que el operador del número de tarificación adicional dice que tú pediste un SMS de ese tipo o a que número de tarificación adicional mandaste un SMS pidiendo la activación de una suscripción.
Esto último te podrá ser muy útil para poder reclamar en el caso de suscripciones o alertas.
5.- Reclamación ante la compañía para la devolución de los importes facturados
Una vez que tengas los datos de los puntos 3 y 4, tendrás toda la información necesaria para poder reclamar la devolución del dinero, basándote en el apartado cuarto (punto 1) y octavo (punto 4) de la orden de presidencia PRE 361/2002, en los cuales se dispone que el operador de acceso (la compañía del móvil) es la responsable de la facturación y cobro de los servicios de tarificación adicional y que en el caso de que el usuario esté disconforme con ellos y no desee pagarlos, el operador de acceso, como responsable de la facturación, debe devolver lo pagado por el usuario y el cobro por parte del operador titular del número de tarificación adicional y el prestador de los servicios de este tipo “deberá sustanciarse por las vías ordinarias distintas a las del cobro de la factura de telecomunicaciones”
En el caso especial de haberse suscrito a un servicio de SMS premium, el usuario debería reclamar basándose también en la forma en la que se produjo dicha suscripción, pues según dispone el artículo 5, apartado 8 de la orden ministerial ITC 308/2008 dispone expresamente, que las suscripciones deben realizarse obligatoriamente tecleando el número al que se desea enviar el SMS para activar la suscripción de forma manual (marcando el usuario mediante el teclado), no pudiendo activarse la suscripción mediante internet o por marcación automática (mediante un programa)
La activación de las suscripciones, por tanto, debe ser mediante la marcación del número correspondiente de forma manual, sin que se pueda realizar a través de ninguna página de Internet, ni mediante programas de marcación automática, aún cuando el usuario los haya instalado conscientemente en su Terminal.
Saludos cordiales.
Este mensaje se redacta debido a los recientes cambios en la normativa que afecta a los servicios de tarificación adicional con mensajes de texto (los SMS Premium, para entendernos), pues una sentencia del tribunal supremo anuló el código tipo que regulaba las normas a aplicar a este tipo de mensajes, pero para cubrir el vacío de dicho código, se aprobaron modificaciones en la orden ministerial ITC 308/2008.
Dichas modificaciones normativas traen como consecuencia la obligación de cambiar los mensajes que trataban sobre SMS Premium, y su reclamación, por el motivo citado en el párrafo anterior.
Aún cuando, en el fondo, no cambian demasiado las condiciones a aplicar, pues para los SMS cuyo número empiece por 79 se sigue exigiendo que el proceso de alta sea manual y nunca a través de internet, las referencias a artículos y normas aplicables sí que lo hacen, y por eso se deben cambiar en los mensajes correspondientes, tal como éste.
Para entender el fenómeno de los SMS de tarificación adicional, se deben explicar algunos conceptos previos que son necesarios, pues sin ellos no se podría comprender el fenómeno de dichos SMS.
1.- El cliente, en este caso tú, que puede haber enviado o no un mensaje para que le envíen los SMS Premium.
2.- El Operador de acceso, que es la compañía con la cual el cliente tiene contratados sus servicios de comunicaciones electrónicas móviles (telefonía móvil)
3.- El operador titular del número corto de tarificación adicional (el dueño del número desde el que te llegan los SMS, además de ser dueño de los ordenadores desde los que te llegan los mensajes)
4.- El proveedor de los contenidos de tarificación adicional, que es la empresa o persona física autor de la música, imágenes, juegos u otros contenidos que se sirven a través de los SMS Premium
El proveedor de contenidos tiene la obligación de haber firmado un contrato de prestación de servicios con el titular del número de SMS Premium antes de prestar el servicio, pues el titular del número es el único que está autorizado a mandar este tipo de SMS (es obligatorio tener una licencia para operar dichos números).
Un ejemplo de contrato entre proveedor de contenidos y titular de número de tarificación adicional es el que se enlaza bajo estas líneas, donde se establecen las condiciones del contrato entre Net Real Solutions y los proveedores de contenidos (los programadores de un juego, por ejemplo, o los autores de una melodía)
http://www.corporative.nrs-group.com/condiciones-generales.htm
Y por otra parte, para que los clientes puedan solicitar el envío de esos SMS, es obligatorio que el operador titular del número y el operador de acceso hayan firmado un contrato previo de colaboración en la facturación mediante la factura de comunicaciones elecrónicas del operador de acceso, pues en caso contrario el titular del número de los SMS Premium no le podría facturar nada a ningún cliente del operador de acceso
Como ejemplos de esta estructura, con respecto al proveedor de contenidos y la operadora titular del número corto de SMS Premium, se pueden ver las condiciones de uso de 2 páginas web que usan a la empresa Net Real Solutions como proveedor tecnológico para el envío y recepción de SMS Premium
http://www.tusclasesparticulares.com/informacion/condicionesuso.aspx
En las condiciones generales de contratación, figura que el titular es una empresa que se dedica a poner en contacto "profesores" con "alumnos" y el titular de la página hace que quien cuelgue un teléfono en la web (como método de contacto ) deba validarlo llamando a un teléfono 905 propiedad de NET REAL SOLUTIONS, pero operado por el titular de la web (TUS MEDIA, S.L.) o mediante un SMS que es gestionado por la empresa NET REAL SOLUTIONS, propietaria del número corto de tarificación adicional
http://webpin-afiliados.nrs-group.com/terminos_legales/?r=995511&k=HOT
En las condiciones generales de contratación de esta página de contenido para adultos, se dispone que el proveedor tecnológico es Net Real Solutions y que el proveedor de contenidos para adultos es la empresa film Corporation 2000
Lo digo porque es posible que si alguien se mete en una página como esta sin mirar correctamente las condiciones de contratación, luego se pueda llevar una gran sorpresa
Se debe tener en cuenta que hay páginas que usan el método de que para conseguir algo te invitan a poner tu número en un formulario y te mandan un PIN al móvil, el cual debes volver a introducir en la página, activando de esta forma el mensaje premium, es el llamado "método Web-PIN", y que debe su nombre a que debes introducir tu número en la web y luego recibes el PIN en tu móvil y lo vuelves a poner en la web (para demostrar que la contratación es correcta).
Antiguamente, había proveedores de contenidos que solían usar unas técnicas que rozaban la ilegalidad y usaban la picaresca y el despiste que pudiera tener el cliente, debido al ritmo frenético con que se vive en estos tiempos, donde todo sucede a gran velocidad.
Mandaban mensajes publicitarios gratuitos como el siguiente.
“Te he visto en Facebook. Espero q no te moleste q te hable. tienes whatsapp ¿ Te puedo agregar asi no gasto por aquí?(Publio, 1,45E. Polindus, CAC 902001315)”
Si te lees el mensaje en su totalidad y con atención, verás que, entre paréntesis, viene una información muy importante.
A.- Publi: Indica que es un mensaje publicitario (y los mensajes publicitarios suelen vender algo) y ese mensaje publicitario es gratuito para ti, por ley.
B.- 1,45E: Indica el precio de lo que te quieren vender, por cada SMS que te manden, si tú contestas al que era publicitario, pues al contestar estás contratando el envío de un SMS de tarificación adicional
C.- Polindus: Es la empresa dueña de los derechos de uso del número desde el que te mandan los SMS, en este caso “comercal Polindus 21, S.L.”
D.- CAC 902….: Es el teléfono del centro de atención al cliente de Polindus
La cuestión es que si tú contestabas al mensaje mandando algo escrito a ese númer, a efectos legales, estabas contratando un servicio de tarificación adicional, pues ellos ya habían cumplido con su obligación legal de informarte de todo lo necesario.
Dicha situación se podía producir porque al tener los móviles modernos un identificador de llamadas, te aparecía el número desde el que te enviaban el SMS y, sin querer, se podía producir la rellamada y, por tanto, el envío de un SMS de respuesta y la contratación del servicio.
Pero lo importante era que, una vez que te habían mandado los SMS y que te habían cobrado los mismos, no volviera a suceder lo mismo nunca más y que no recibieras más mensajes ni se diera la posibilidad de que te volvieran a mandar más.
Actualmente, dicha posibilidad no se puede dar ese tipo de prácticas, pues según lo dispuesto en el artículo 5, apartado 9º de la orden ministerial ITC 308/2008, si algún proveedor de contenidos le envía un SMS a un usuario, nunca podrá figurar el número en dicho SMS, entre otras cosas para que no pueda producirse la contratación mediante engaño, como se producía antiguamente.
Sólo se podrá mandar el número del que procede el SMS si ese mensaje se envía en repuesta a una contratación del servicio mediante un método no fraudulento o, en el caso de suscripciones, en los SMS que debe mandar el proveedor para que el usuario confirme que desea darse de alta en la suscripción.
Pero aún en el caso de que un usuario contrate conscientemente este tipo de servicios, podrá reclamar la devolución de los importes que le hubiera cobrado su operador de acceso en la factura.
Para reclamar que te den de baja en una suscripción de SMS de tarificación adicional (SMS Premium), que te restrinjan el envío y recepción de dichos SMS (en el futuro) y que te devuelvan los importes cobrados por los ya recibidos con anterioridad, conviene seguir los pasos descritos a continuación.
1.- Baja de la recepción de SMS
Si los SMS recibidos son de los que se contratan una sola vez, como por ejemplo una imagen, una canción o el escudo de tu equipo, por poner un ejemplo, al ser un acto que implica la contratación por una sola vez, no tiene solución y solo quedaría pedir la devolución del importe de los mensajes según lo descrito en el punto 5.
En el caso de que sea una suscripción o un servicio de alertas, que son SMS que se repiten según suceda algo o de forma periódica, como puede ser la suscripción a alertas de los goles que marca tu equipo en un partido, por ejemplo, o las cotizaciones diarias de las acciones de la bolsa (proceden siempre de un número que empieza por 79), deberás darte de baja de la alerta o suscripción mandando BAJA al número del que vienen las alertas o escribiendo un correo electrónico al servicio de atención al cliente de la empresa que sea la responsable del número.
En el mensaje SMS premium. Principales empresas que operan en España, existe un listado de las empresas más importantes en el mundo de los SMS Premium, así como los datos de los operadores de acceso más importantes; pero si deseas saber exactamente de que empresa te mandan los SMS (y no está en la lista del anexo), basta con que revises la página de registro de numeración de CNMC, que te enlazo bajo estas líneas, luego podrás buscar con google la página del operador titular del número
http://telecos.cnmc.es:8080/servicios-sms-mms
Yo te agradecería que si no está en la lista me lo dijeras para poder añadirla, pues sería de gran ayuda a quien pueda leer esta página
2.- Restricción de los servicios de tarificación adicional
Lo más importante es pedir una restricción de mensajería de tarificación adicional ( SMS premium, dicho en argot de teleoperador de compañía telefónica ), para que no se vuelva a sufrir un caso parecido, pues restringiendo los SMS Premium se evitará el que se puedan recibir SMS de tarificación adicional al teléfono móvil que tenga restringidos los mismos.
En el caso de la compañía movistar se pueden pedir a través del servicio de atención al cliente, a través de los moderadores de la comunidad movistar o por escrito al servicio de atención al cliente, enviando una carta certificada con acuse de recibo (lo recomiendo para poder tener una prueba de haber mandado el escrito) a la dirección del servicio de atención al cliente
MoviStar (Telefónica Móviles España, S.A.U.)
Servicio de atención al cliente
Asunto: “Restricción del envío y recepción de servicios de tarificación adicional a la línea 6_____”
C/ Gran vía, 28
28013 Madrid (Madrid)
En el caso de realizarlo de forma telefónica, es recomendable efectuarla grabación de la llamada tal y como se recomienda en el mensaje Reclamaciones. Presentación vía telefónica (para tener pruebas de lo dicho)
Para otros operadores, bastará con contactar con el servicio de atención al cliente, buscando el correspondiente a tu compañía en el mensaje Domicilio social y teléfono de las principales compañías de telefonía, si no encuentras la tuya, no dudes en decirlo, para que se pueda incorporar
3.- Petición de información al titular del número de tarificación adicional
Tras la baja y la restricción de los mensajes de tarificación adicional, el primer paso a dar para poder reclamar al operador de acceso que te devuelva tu dinero, es pedir al operador titular del número de SMS Premium que te diga como se activó el envío de los citados mensajes y la identidad del proveedor de contenidos (quien está detrás del juego, música, imagen o suscripción que se te envió).
Para ello basta con enviar el primer escrito que figura en la sección de los escritos tipo, en concreto en el mensaje SMS premium. Escritos para reclamar al correo electrónico del servicio de atención al cliente que figura en las condiciones generales de la web del operador titular del número de tarificación adicional, que puedes encontrar en el mensaje SMS Premium. Principales empresas que operan en España (Si lo deseas puedes mandar el escrito vía postal, en ese caso recomiendo que lo mandes certificado con acuse de recibo).
Legalmente, el operador titular del número está obligado, según el apartado octavo (punto 3, último párrafo) de la orden PRE 361/2002, a facilitar la información sobre quien es el prestador efectivo del contenido de los SMS de tarificación adicional.
De esta forma, no solo sabrás como se activó la recepción y facturación de los SMS, sino que sabrás quien es el responsable final de que te hayan facturado esos mensajes.
4.- Petición de información de datos de tráfico al operador de acceso
Mientras pides la información al operador titular del número de tarificación adicional, también puedes pedir información al operador de acceso (el que te da el servicio del móvil y te re-factura los mensajes Premium).
Para ello basta con mandar el segundo escrito del primer anexo a la dirección para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición sobre tus datos personales, que figuran en el mensaje Datos personales. Contacto con los operadores
Los operadores de acceso (en este caso las compañías de móviles, pero sirve también para las de fijo) deben conservar los datos de tráfico durante el tiempo en el que se pueda impugnar el cargo de la factura (como es el caso), según se dispone en el artículo 48.2.a) de la ley 9/2014.
Dicho plazo de impugnación (o de reclamación) es de un mes desde que se tuvo constancia del cargo, es decir desde el momento en el que se conoció la factura, tal y como dispone el artículo 4 de la orden ministerial ITC 1030/2007
De ese modo, tú puedes pedir los datos de tus comunicaciones, a fin de saber que direcciones IP accediste en los días en los que el operador del número de tarificación adicional dice que tú pediste un SMS de ese tipo o a que número de tarificación adicional mandaste un SMS pidiendo la activación de una suscripción.
Esto último te podrá ser muy útil para poder reclamar en el caso de suscripciones o alertas.
5.- Reclamación ante la compañía para la devolución de los importes facturados
Una vez que tengas los datos de los puntos 3 y 4, tendrás toda la información necesaria para poder reclamar la devolución del dinero, basándote en el apartado cuarto (punto 1) y octavo (punto 4) de la orden de presidencia PRE 361/2002, en los cuales se dispone que el operador de acceso (la compañía del móvil) es la responsable de la facturación y cobro de los servicios de tarificación adicional y que en el caso de que el usuario esté disconforme con ellos y no desee pagarlos, el operador de acceso, como responsable de la facturación, debe devolver lo pagado por el usuario y el cobro por parte del operador titular del número de tarificación adicional y el prestador de los servicios de este tipo “deberá sustanciarse por las vías ordinarias distintas a las del cobro de la factura de telecomunicaciones”
En el caso especial de haberse suscrito a un servicio de SMS premium, el usuario debería reclamar basándose también en la forma en la que se produjo dicha suscripción, pues según dispone el artículo 5, apartado 8 de la orden ministerial ITC 308/2008 dispone expresamente, que las suscripciones deben realizarse obligatoriamente tecleando el número al que se desea enviar el SMS para activar la suscripción de forma manual (marcando el usuario mediante el teclado), no pudiendo activarse la suscripción mediante internet o por marcación automática (mediante un programa)
La activación de las suscripciones, por tanto, debe ser mediante la marcación del número correspondiente de forma manual, sin que se pueda realizar a través de ninguna página de Internet, ni mediante programas de marcación automática, aún cuando el usuario los haya instalado conscientemente en su Terminal.
Saludos cordiales.