Hola:
El proceso de cambio de operador, con conservación de la numeración (de aquí en adelante, la portabilidad) es un proceso por el cual el usuario se da de baja en su antigua compañía telefónica y, simultáneamente, se da de alta con la nueva.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd899-2009.t2.html#a10
El concepto de “simultaneidad”, en el caso de portabilidades, se entiende legalmente como que entre la baja del número en la antigua compañía y el alta en la nueva no puede exceder de 30 días, pues si un número está de baja más de un mes (un mes y un día, por ejemplo, como si fuera una condena), al exceder dicho plazo, es devuelto a la compañía “propietaria” del mismo, es decir la que ejerció los derechos de uso del mismo por primera vez, tal y como dispone el artículo 44.4 del real decreto 2296/2004
En caso de que no se complete la portabilidad, al haber pedido la baja en la antigua compañía, el número entra en un periodo de cuarentena de un mes en el que se puede completar la portabilidad, pero si el usuario cambia de opinión sobre el proceso y desea volver a su antigua compañía o a otra, en lugar de la compañía a la que le ha pedido la portabilidad.
En dicho caso, el usuario podría pedir la anulación (o cancelación) del proceso, anulando la contratación en la nueva compañía.
En ese caso, al anular la contratación con la nueva compañía, el número seguiría de baja e inactivo, es decir no asignado a nadie, dándose la circunstancia de que, por el motivo citado, no podría portarse a ninguna compañía, ni a la nueva, ni a la antigua ni a una tercera, pues una de las condiciones establecidas en las especificaciones técnicas para el rechazo de una petición de portabilidad es, precisamente, que la numeración esté inactiva o no pertenezca a la compañía a la que se le pide iniciar el proceso.
Pero para este problema (al igual que si se pide la baja voluntario por parte del usuario o se produce una suspensión temporal de la línea por impago o por voluntad del usuario) existe la solución de cancelar el proceso de baja definitiva del número, que puede realizarse mediante la petición de apertura de un proceso denominado “Cancelación de notificación de baja”, que es una especie de “rescate” del número para evitar que sea dado de baja de forma definitiva.
La no petición de la cancelación de notificación de baja conllevaría en todos los casos la baja definitiva del número y la pérdida del mismo por parte del usuario, sin prácticamente posibilidad alguna de recuperarlo (o realmente muy difícil).
Bajo estas líneas, se inserta un enlace a las especificaciones técnicas de la portabilidad fija (documentación oficial de la CMT, creada y mantenida por las compañías, de obligado cumplimiento para ellas), donde leyendo el apartado 5.1, 5.2 y 5.3, se puede ver lo dicho hasta aquí.
Leyendo los apartados 11, 12 y 13, se podrán ver los tiempos de cada gestión, la información que se intercambian las compañías en cada proceso de portabilidad y lo que conlleva una solicitud de portabilidad
http://www.cmt.es/c/document_library/get_file?uuid=d588b8f7-06be-4161-8fd5-8eccb749eef1&groupId=1013...
Especialmente interesante es el apartado 5.3, referente a la baja, y en el que pone literalmente (página 27 de las 80 del documento, último párrafo si no recuerdo mal)
"Si se recibiera alguna solicitud de cambio de operador en dicho plazo, el proceso de Baja de abonado con numeración portada quedaría suspendida automáticamente. Una vez se hubiera completado el proceso de cambio de operador, el proceso de baja de abonado con numeración portada quedaría terminado definitivamente. Si el proceso de cambio de operador no llegara a completarse, el proceso de baja de abonado se reactivaría automáticamente, en el mismo punto en el que quedó suspendido."
La forma de saber quien tiene los derechos de un número es acceder a este enlace que se inserta bajo estas líneas y mirando el mismo
http://www.peoplecall.com/de-que-operador-es-un-numero-espanol.html
Se introduce el número y el "captcha" y listo, es una información que no es interesada y es pública e independiente, ese registro no miente. El registro es la base de conocimiento global, es decir la lista de todos los números portados hasta la fecha de la consulta.
Debe tenerse en cuenta que en el enlace que inserto bajo estas líneas, apartado 5.3.5, página 28, lo pone bien claro, que el usuario debe pedir al "operador receptor final", que es la última compañía con la que ha estado, la cancelación de la notificación de baja (para reactivar el número a fin de poder portarlo a cualquier compañía (pero mal redactado, pues los técnicos nunca fueron buenos en cuestiones de letras)
http://www.cmt.es/c/document_library/get_file?uuid=d588b8f7-06be-4161-8fd5-8eccb749eef1&groupId=1013...
De todos modos, la próxima vez que te portes o pidas algo a las compañías, pide antes leerte las condiciones generales de contratación de la compañía y las particulares del producto a contratar, para que no te pasen cosas como estas.
De todo lo escrito en los párrafos anteriores se desprende que el proceso de cancelar o anular una portabilidad tiene un gran peligro para el usuario, como es que el mismo pierda su número si no se completa el proceso de portabilidad en el plazo de un mes.
Pero también se desprende que dentro de ese mes se puede pedir la cancelación de la notificación de la baja, para poder pedir la portabilidad del número a otra compañía.
Para realizar la cancelación de notificación de baja y así evitar perder el número, el usuario podría usar el escrito que puede localizar en la sección de los escritos tipo, más concretamente el mensaje que se enlaza bajo estas líneas
Portabilidad. Escrito de cancelación de notificación de baja
Saludos cordiales
El proceso de cambio de operador, con conservación de la numeración (de aquí en adelante, la portabilidad) es un proceso por el cual el usuario se da de baja en su antigua compañía telefónica y, simultáneamente, se da de alta con la nueva.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd899-2009.t2.html#a10
El concepto de “simultaneidad”, en el caso de portabilidades, se entiende legalmente como que entre la baja del número en la antigua compañía y el alta en la nueva no puede exceder de 30 días, pues si un número está de baja más de un mes (un mes y un día, por ejemplo, como si fuera una condena), al exceder dicho plazo, es devuelto a la compañía “propietaria” del mismo, es decir la que ejerció los derechos de uso del mismo por primera vez, tal y como dispone el artículo 44.4 del real decreto 2296/2004
En caso de que no se complete la portabilidad, al haber pedido la baja en la antigua compañía, el número entra en un periodo de cuarentena de un mes en el que se puede completar la portabilidad, pero si el usuario cambia de opinión sobre el proceso y desea volver a su antigua compañía o a otra, en lugar de la compañía a la que le ha pedido la portabilidad.
En dicho caso, el usuario podría pedir la anulación (o cancelación) del proceso, anulando la contratación en la nueva compañía.
En ese caso, al anular la contratación con la nueva compañía, el número seguiría de baja e inactivo, es decir no asignado a nadie, dándose la circunstancia de que, por el motivo citado, no podría portarse a ninguna compañía, ni a la nueva, ni a la antigua ni a una tercera, pues una de las condiciones establecidas en las especificaciones técnicas para el rechazo de una petición de portabilidad es, precisamente, que la numeración esté inactiva o no pertenezca a la compañía a la que se le pide iniciar el proceso.
Pero para este problema (al igual que si se pide la baja voluntario por parte del usuario o se produce una suspensión temporal de la línea por impago o por voluntad del usuario) existe la solución de cancelar el proceso de baja definitiva del número, que puede realizarse mediante la petición de apertura de un proceso denominado “Cancelación de notificación de baja”, que es una especie de “rescate” del número para evitar que sea dado de baja de forma definitiva.
La no petición de la cancelación de notificación de baja conllevaría en todos los casos la baja definitiva del número y la pérdida del mismo por parte del usuario, sin prácticamente posibilidad alguna de recuperarlo (o realmente muy difícil).
Bajo estas líneas, se inserta un enlace a las especificaciones técnicas de la portabilidad fija (documentación oficial de la CMT, creada y mantenida por las compañías, de obligado cumplimiento para ellas), donde leyendo el apartado 5.1, 5.2 y 5.3, se puede ver lo dicho hasta aquí.
Leyendo los apartados 11, 12 y 13, se podrán ver los tiempos de cada gestión, la información que se intercambian las compañías en cada proceso de portabilidad y lo que conlleva una solicitud de portabilidad
http://www.cmt.es/c/document_library/get_file?uuid=d588b8f7-06be-4161-8fd5-8eccb749eef1&groupId=1013...
Especialmente interesante es el apartado 5.3, referente a la baja, y en el que pone literalmente (página 27 de las 80 del documento, último párrafo si no recuerdo mal)
"Si se recibiera alguna solicitud de cambio de operador en dicho plazo, el proceso de Baja de abonado con numeración portada quedaría suspendida automáticamente. Una vez se hubiera completado el proceso de cambio de operador, el proceso de baja de abonado con numeración portada quedaría terminado definitivamente. Si el proceso de cambio de operador no llegara a completarse, el proceso de baja de abonado se reactivaría automáticamente, en el mismo punto en el que quedó suspendido."
La forma de saber quien tiene los derechos de un número es acceder a este enlace que se inserta bajo estas líneas y mirando el mismo
http://www.peoplecall.com/de-que-operador-es-un-numero-espanol.html
Se introduce el número y el "captcha" y listo, es una información que no es interesada y es pública e independiente, ese registro no miente. El registro es la base de conocimiento global, es decir la lista de todos los números portados hasta la fecha de la consulta.
Debe tenerse en cuenta que en el enlace que inserto bajo estas líneas, apartado 5.3.5, página 28, lo pone bien claro, que el usuario debe pedir al "operador receptor final", que es la última compañía con la que ha estado, la cancelación de la notificación de baja (para reactivar el número a fin de poder portarlo a cualquier compañía (pero mal redactado, pues los técnicos nunca fueron buenos en cuestiones de letras)
http://www.cmt.es/c/document_library/get_file?uuid=d588b8f7-06be-4161-8fd5-8eccb749eef1&groupId=1013...
De todos modos, la próxima vez que te portes o pidas algo a las compañías, pide antes leerte las condiciones generales de contratación de la compañía y las particulares del producto a contratar, para que no te pasen cosas como estas.
De todo lo escrito en los párrafos anteriores se desprende que el proceso de cancelar o anular una portabilidad tiene un gran peligro para el usuario, como es que el mismo pierda su número si no se completa el proceso de portabilidad en el plazo de un mes.
Pero también se desprende que dentro de ese mes se puede pedir la cancelación de la notificación de la baja, para poder pedir la portabilidad del número a otra compañía.
Para realizar la cancelación de notificación de baja y así evitar perder el número, el usuario podría usar el escrito que puede localizar en la sección de los escritos tipo, más concretamente el mensaje que se enlaza bajo estas líneas
Portabilidad. Escrito de cancelación de notificación de baja
Saludos cordiales