Hola:
Cuando un usuario tiene acceso a la red telefónica pública de una compañía mediante par de cobre o cable coaxial (aunque en esta tecnología es raro que suceda, por ser las instalaciones muy recientes), a menudo le sucede un fenómeno curioso, como es el que reciba una velocidad de ADSL sensiblemente inferior a la que recibe habitualmente a través de dicha red, coincidiendo, habitualmente, con épocas de mal tiempo tales como lluvias, viento y tormentas eléctricas o con la presencia en las inmediaciones del trazado de la red de maquinaria eléctrica de alta potencia (generadores eléctricos, motores, transformadores, aires acondicionados, etcétera)
Dicho fenómeno se debe a la influencia que tienen las interferencias eléctricas, los ruidos eléctricos, la humedad, el viento (movimiento de los cables instalados) y la simple degradación, por el paso del tiempo de los materiales que componen la red, sobre la señal transmitida. Dichos efectos se acentúan y agravan si las instalaciones son antiguas o están mantenidas defectuosamente, como pudiera ser en el caso de que las cajas de distribución están abiertas pues, de esa forma, los cables estarían más expuestos a la intemperie y, de ese modo, más afectados por un envejecimiento prematuro (corrosión, por ejemplo, por el humo de los coches y el polvo) y las inclemencias climatológicas (humedad).
El agua puede generar cortocircuitos en bornes de cajas de empalme expuestas a la intemperie, que de estar correctamente cerradas no sufrirían, y la humedad puede generar derivaciones eléctricas que influirían en la cantidad de energía transmitida al usuario y con ello en la velocidad de transmisión del circuito de cobre.
Por otra parte, el polvo podría generar un efecto contrario, aumentando la resistencia de los cables que pudieran estar corroídos y, por tanto, generar el mismo efecto de bajada de velocidad sobre la red del usuario.
Por último, los ruidos eléctricos de maquinaria ajena (debido a que la mayoría de cajas son de aluminio, que amortigua el ruido eléctrico que pudiera afectar a la red), la mala conexión de los cables, o su corrosión, podrían afectar a los cables introduciendo una cantidad de ruido adicional.
Pero, independientemente de la causa concreta que haga disminuir la velocidad de transmisión en la red de cobre del usuario, lo cierto es que dichas causas se deberán, habitualmente, a un defectuoso mantenimiento de la red y a la falta de integridad de la red en alguno de sus puntos, entendiendo como integridad la cualidad de algo íntegro, entero, sin que le falte parte alguna, tal y como define dichas palabras el diccionario de la real academia de la lengua española.
http://lema.rae.es/drae/?val=integridad
http://lema.rae.es/drae/?val=%C3%ADntegro
Según lo visto en el diccionario de la RAE, integridad es la “cualidad de lo íntegro”, según su primera acepción, siendo íntegro aquello “que no carece de ninguna de sus partes” (también en su primera acepción), resultando de ello que si a la red de circuitos de cobre le falta alguna pieza (como por ejemplo las tapas de las cajas de distribución), la red no será integra (es decir, habrá perdido su integridad, su entereza, no estará completa, por faltarle una parte).
De lo dicho anteriormente, se deduce que la compañía propietaria de la red de la que se trate habrá incumplido una de sus obligaciones recogidas en el artículo 18.f ) del real decreto 424/2005, el cual especifica, entre otras cosas, literalmente, que:
“Las condiciones que deben cumplir los operadores que exploten redes públicas de comunicaciones electrónicas serán las siguientes:
….
f) Mantener la integridad de las redes públicas de comunicaciones electrónicas, así como evitar la producción de interferencias perjudiciales.”
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd424-2005.t2.html#a18,
Disponiendo el mismo artículo 18 del real decreto 424/2005, en su apartado g), lo siguiente:
“g) Procurar la seguridad de las redes públicas contra el acceso no autorizado y garantizar la confidencialidad de los mensajes transmitidos y el secreto de las comunicaciones.”
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd424-2005.t2.html#a18
Condiciones ambas que no se garantizan, como se puede deducir de lo escrito con anterioridad, si la red no mantiene su integridad y le faltan elementos tan importantes como son las tapas de las cajas de distribución, o si los cables (o las mismas cajas) están en mal estado.
De hecho, debe señalarse que la falta de integridad en la red hace muy fácil que cualquier persona con mínimos conocimientos de electricidad o telefonía pueda acceder a la red y realizar llamadas en nombre del usuario (y a su cargo), además de poder acceder a las conversaciones que realice.
Esa misma falta de integridad hace que, además, la calidad del servicio telefónico y la velocidad del servicio de Internet baje mucho, resintiéndose la calidad global del servicio recibido por el usuario.
La falta de integridad en la red está recogida como infracción grave en el artículo 77.20 de la ley 9/2014 (ley general de telecomunicaciones), sancionable con hasta 2.000.000 €, según dispone el artículo 79.1.c) de la ley 9/2014, pudiendo recurrir el usuario ante la secretaría de estado de telecomunicaciones y para la sociedad de la información (SETSI) en el caso de que crea vulnerada la integridad de la red que llega hasta su domicilio para que dicho organismo instruya el correspondiente expediente sancionador (previa presentación de reclamación por dicho motivo ante la compañía)
Saludos cordiales
Cuando un usuario tiene acceso a la red telefónica pública de una compañía mediante par de cobre o cable coaxial (aunque en esta tecnología es raro que suceda, por ser las instalaciones muy recientes), a menudo le sucede un fenómeno curioso, como es el que reciba una velocidad de ADSL sensiblemente inferior a la que recibe habitualmente a través de dicha red, coincidiendo, habitualmente, con épocas de mal tiempo tales como lluvias, viento y tormentas eléctricas o con la presencia en las inmediaciones del trazado de la red de maquinaria eléctrica de alta potencia (generadores eléctricos, motores, transformadores, aires acondicionados, etcétera)
Dicho fenómeno se debe a la influencia que tienen las interferencias eléctricas, los ruidos eléctricos, la humedad, el viento (movimiento de los cables instalados) y la simple degradación, por el paso del tiempo de los materiales que componen la red, sobre la señal transmitida. Dichos efectos se acentúan y agravan si las instalaciones son antiguas o están mantenidas defectuosamente, como pudiera ser en el caso de que las cajas de distribución están abiertas pues, de esa forma, los cables estarían más expuestos a la intemperie y, de ese modo, más afectados por un envejecimiento prematuro (corrosión, por ejemplo, por el humo de los coches y el polvo) y las inclemencias climatológicas (humedad).
El agua puede generar cortocircuitos en bornes de cajas de empalme expuestas a la intemperie, que de estar correctamente cerradas no sufrirían, y la humedad puede generar derivaciones eléctricas que influirían en la cantidad de energía transmitida al usuario y con ello en la velocidad de transmisión del circuito de cobre.
Por otra parte, el polvo podría generar un efecto contrario, aumentando la resistencia de los cables que pudieran estar corroídos y, por tanto, generar el mismo efecto de bajada de velocidad sobre la red del usuario.
Por último, los ruidos eléctricos de maquinaria ajena (debido a que la mayoría de cajas son de aluminio, que amortigua el ruido eléctrico que pudiera afectar a la red), la mala conexión de los cables, o su corrosión, podrían afectar a los cables introduciendo una cantidad de ruido adicional.
Pero, independientemente de la causa concreta que haga disminuir la velocidad de transmisión en la red de cobre del usuario, lo cierto es que dichas causas se deberán, habitualmente, a un defectuoso mantenimiento de la red y a la falta de integridad de la red en alguno de sus puntos, entendiendo como integridad la cualidad de algo íntegro, entero, sin que le falte parte alguna, tal y como define dichas palabras el diccionario de la real academia de la lengua española.
http://lema.rae.es/drae/?val=integridad
http://lema.rae.es/drae/?val=%C3%ADntegro
Según lo visto en el diccionario de la RAE, integridad es la “cualidad de lo íntegro”, según su primera acepción, siendo íntegro aquello “que no carece de ninguna de sus partes” (también en su primera acepción), resultando de ello que si a la red de circuitos de cobre le falta alguna pieza (como por ejemplo las tapas de las cajas de distribución), la red no será integra (es decir, habrá perdido su integridad, su entereza, no estará completa, por faltarle una parte).
De lo dicho anteriormente, se deduce que la compañía propietaria de la red de la que se trate habrá incumplido una de sus obligaciones recogidas en el artículo 18.f ) del real decreto 424/2005, el cual especifica, entre otras cosas, literalmente, que:
“Las condiciones que deben cumplir los operadores que exploten redes públicas de comunicaciones electrónicas serán las siguientes:
….
f) Mantener la integridad de las redes públicas de comunicaciones electrónicas, así como evitar la producción de interferencias perjudiciales.”
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd424-2005.t2.html#a18,
Disponiendo el mismo artículo 18 del real decreto 424/2005, en su apartado g), lo siguiente:
“g) Procurar la seguridad de las redes públicas contra el acceso no autorizado y garantizar la confidencialidad de los mensajes transmitidos y el secreto de las comunicaciones.”
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd424-2005.t2.html#a18
Condiciones ambas que no se garantizan, como se puede deducir de lo escrito con anterioridad, si la red no mantiene su integridad y le faltan elementos tan importantes como son las tapas de las cajas de distribución, o si los cables (o las mismas cajas) están en mal estado.
De hecho, debe señalarse que la falta de integridad en la red hace muy fácil que cualquier persona con mínimos conocimientos de electricidad o telefonía pueda acceder a la red y realizar llamadas en nombre del usuario (y a su cargo), además de poder acceder a las conversaciones que realice.
Esa misma falta de integridad hace que, además, la calidad del servicio telefónico y la velocidad del servicio de Internet baje mucho, resintiéndose la calidad global del servicio recibido por el usuario.
La falta de integridad en la red está recogida como infracción grave en el artículo 77.20 de la ley 9/2014 (ley general de telecomunicaciones), sancionable con hasta 2.000.000 €, según dispone el artículo 79.1.c) de la ley 9/2014, pudiendo recurrir el usuario ante la secretaría de estado de telecomunicaciones y para la sociedad de la información (SETSI) en el caso de que crea vulnerada la integridad de la red que llega hasta su domicilio para que dicho organismo instruya el correspondiente expediente sancionador (previa presentación de reclamación por dicho motivo ante la compañía)
Saludos cordiales