Hola:
Cada vez es más habitual, entre los usuarios de telecomunicaciones, el disponer de teléfonos “inteligentes” (smartphones) que son verdaderos ordenadores en miniatura, y cada vez más potentes.
Esa versatilidad, potencia y, sobre todo, esa capacidad de ser dispositivos programables, además de su poder de acceso a internet, les hace vulnerables a la instalación de virus, malware y todo tipo de código informático que pueda generar llamadas, SMS o accesos a páginas que puedan dar como resultado un cargo en nuestra factura bastante desagradable (dejando de lado otros efectos, como el posible robo de datos u otros peores)
Uno de los efectos desagradables de esta potencia y versatilidad es la posible generación de suscripciones que puede surgir de un acceso inadvertido a ciertas páginas de captación de clientes para empresas de programación de juegos, imágenes, politonos, horóscopos, tarot o concursos (por poner algunos ejemplos)
Una vez activada por el usuario la suscripción, dado que una suscripción de este tipo es considerada como un cargo no debido a comunicaciones electrónicas, el cliente podrá pedir facturas independientes para éstos importes, teniendo derecho a no pagar los cargos que no sean debidos a comunicaciones electrónicas, sin que se le puedan suspender los servicios de comunicaciones electrónicas por este motivo, tal como se dispone en el artículo 23 del real decreto 899/2009
Si la compañía deniega la reclamación habría que recurrir a la secretaría de estado de telecomunicaciones, pero, en todo caso, al final se recuperaría el dinero.
Una vez que el usuario descubre que le cobran cargos no debidos a comunicaciones electrónicas (puesto que las suscripciones a juegos, horóscopos, pagos a terceros y similares no lo son, son compras de contenidos digitales electrónicos o de otro tipo), éste podrá pagar o no pagar dichas compras, pero sí que podrá solicitar que, de ese momento en adelante, su compañía deje de cobrarle, mediante la factura que ésta le gira de forma periódica, los cargos que se puedan generar por compras de contenidos digitales electrónicos, tanto de terceros como de las filiales de la compañía.
Una vez manifestada la negativa por parte del usuario a recibir cargos en su factura que no sean debidos a comunicaciones electrónicas, la compañía vendrá obligada a tomar las medidas oportunas para que éstos no se generen, normalmente impidiendo el acceso a ciertas direcciones web o avisando a las compañías de distribución de este tipo de contenidos de los datos necesarios sobre la línea, para que impidan el acceso a sus páginas desde la línea del usuario.
Otra forma de bloqueo por parte del usuario sería instalando, por cuenta del usuario, un firewall en su dispositivo si desea bloquear el acceso a páginas no deseadas y no quiere recibir un susto en su factura cada mes por la activación de suscripciones.
Normalmente, para activar un firewall en un dispositivo móvil (al igual que en un ordenador) hace falta que el usuario tenga permisos de administrador en el dispositivo, lo que habitualmente se denomina “ser root” y, por tanto, el usuario que pretenda instalar un firewall, debería activar dichos permisos de administrador en el dispositivo.
Pero dado que para conseguir permisos de administrador, el usuario debe acceder al interior del dispositivo o a ciertas funcionas que pueden invalidar la garantía del dispositivo, lo cual podría no resultar muy conveniente, existen en el mercado de aplicaciones para dispositivos móviles algunos programas firewall que no necesitan permisos de administrador.
Con acceder al play store de google, se pueden encontrar firewall gratuitos como “Mobiwol”, “No root data firewall” o “Cortafuegos sin root” que permiten bloquear el acceso a Internet de cualquier aplicación o página a la que pretenda acceder el usuario desde su dispositivo, sin necesidad de ser administrador.
Bastaría introducir las páginas más habituales en la lista de páginas bloqueadas y gestionar la negativa de acceso a Internet a ciertas aplicaciones para poder evitar el que el cliente se abone a más suscripciones.
En el caso de aplicaciones, convendría siempre bloquear el acceso a Internet de cualquier juego que se tenga instalado en el móvil, así como el de las páginas de distribución de juegos, politonos, imágenes y contenidos similares, tales como
- wap.movistar.com, que es la página de distribución de contenidos de emoción (movistar)
- pagos.movistar.es, página de pagos en factura de movistar
- pagosenfactura.orange.es, página de pagos en factura de orange
Dependiendo de la compañía de la que se sea cliente, el cliente debería investigar un poco que páginas le interesa bloquear con el firewall, para evitarse gastos imprevistos en su factura
Saludos cordiales.
P.D: Mensaje dedicado, especialmente, a mi compañero de trabajo (y amigo) Israel (Isra, para los amigos), que ne asesoró en el tema del bloqueo mediante firewall.
Cada vez es más habitual, entre los usuarios de telecomunicaciones, el disponer de teléfonos “inteligentes” (smartphones) que son verdaderos ordenadores en miniatura, y cada vez más potentes.
Esa versatilidad, potencia y, sobre todo, esa capacidad de ser dispositivos programables, además de su poder de acceso a internet, les hace vulnerables a la instalación de virus, malware y todo tipo de código informático que pueda generar llamadas, SMS o accesos a páginas que puedan dar como resultado un cargo en nuestra factura bastante desagradable (dejando de lado otros efectos, como el posible robo de datos u otros peores)
Uno de los efectos desagradables de esta potencia y versatilidad es la posible generación de suscripciones que puede surgir de un acceso inadvertido a ciertas páginas de captación de clientes para empresas de programación de juegos, imágenes, politonos, horóscopos, tarot o concursos (por poner algunos ejemplos)
Una vez activada por el usuario la suscripción, dado que una suscripción de este tipo es considerada como un cargo no debido a comunicaciones electrónicas, el cliente podrá pedir facturas independientes para éstos importes, teniendo derecho a no pagar los cargos que no sean debidos a comunicaciones electrónicas, sin que se le puedan suspender los servicios de comunicaciones electrónicas por este motivo, tal como se dispone en el artículo 23 del real decreto 899/2009
Si la compañía deniega la reclamación habría que recurrir a la secretaría de estado de telecomunicaciones, pero, en todo caso, al final se recuperaría el dinero.
Una vez que el usuario descubre que le cobran cargos no debidos a comunicaciones electrónicas (puesto que las suscripciones a juegos, horóscopos, pagos a terceros y similares no lo son, son compras de contenidos digitales electrónicos o de otro tipo), éste podrá pagar o no pagar dichas compras, pero sí que podrá solicitar que, de ese momento en adelante, su compañía deje de cobrarle, mediante la factura que ésta le gira de forma periódica, los cargos que se puedan generar por compras de contenidos digitales electrónicos, tanto de terceros como de las filiales de la compañía.
Una vez manifestada la negativa por parte del usuario a recibir cargos en su factura que no sean debidos a comunicaciones electrónicas, la compañía vendrá obligada a tomar las medidas oportunas para que éstos no se generen, normalmente impidiendo el acceso a ciertas direcciones web o avisando a las compañías de distribución de este tipo de contenidos de los datos necesarios sobre la línea, para que impidan el acceso a sus páginas desde la línea del usuario.
Otra forma de bloqueo por parte del usuario sería instalando, por cuenta del usuario, un firewall en su dispositivo si desea bloquear el acceso a páginas no deseadas y no quiere recibir un susto en su factura cada mes por la activación de suscripciones.
Normalmente, para activar un firewall en un dispositivo móvil (al igual que en un ordenador) hace falta que el usuario tenga permisos de administrador en el dispositivo, lo que habitualmente se denomina “ser root” y, por tanto, el usuario que pretenda instalar un firewall, debería activar dichos permisos de administrador en el dispositivo.
Pero dado que para conseguir permisos de administrador, el usuario debe acceder al interior del dispositivo o a ciertas funcionas que pueden invalidar la garantía del dispositivo, lo cual podría no resultar muy conveniente, existen en el mercado de aplicaciones para dispositivos móviles algunos programas firewall que no necesitan permisos de administrador.
Con acceder al play store de google, se pueden encontrar firewall gratuitos como “Mobiwol”, “No root data firewall” o “Cortafuegos sin root” que permiten bloquear el acceso a Internet de cualquier aplicación o página a la que pretenda acceder el usuario desde su dispositivo, sin necesidad de ser administrador.
Bastaría introducir las páginas más habituales en la lista de páginas bloqueadas y gestionar la negativa de acceso a Internet a ciertas aplicaciones para poder evitar el que el cliente se abone a más suscripciones.
En el caso de aplicaciones, convendría siempre bloquear el acceso a Internet de cualquier juego que se tenga instalado en el móvil, así como el de las páginas de distribución de juegos, politonos, imágenes y contenidos similares, tales como
- wap.movistar.com, que es la página de distribución de contenidos de emoción (movistar)
- pagos.movistar.es, página de pagos en factura de movistar
- pagosenfactura.orange.es, página de pagos en factura de orange
Dependiendo de la compañía de la que se sea cliente, el cliente debería investigar un poco que páginas le interesa bloquear con el firewall, para evitarse gastos imprevistos en su factura
Saludos cordiales.
P.D: Mensaje dedicado, especialmente, a mi compañero de trabajo (y amigo) Israel (Isra, para los amigos), que ne asesoró en el tema del bloqueo mediante firewall.